IBI Urbana

El plazo para el pago voluntario de este impuesto es del 1 mayo al 5 julio 2022.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles.

Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles urbanos y rústicos y sobre los inmuebles de características especiales:

  1. De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.
  2. De un derecho real de superficie.
  3. De un derecho real de usufructo.
  4. Del derecho de propiedad.

Más información en la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2022.

Si desea domiciliar su recibo en 1 sólo plazo, la fecha de cargo en cuenta será el  21/junio/2022.

Para recibos de importe superior a 60 euros existe la posibilidad de domiciliar el pago en 2 ó 4 plazos, siendo las fechas de cargo en cuenta las siguientes:

  • Domiciliados en 2 plazos:  21/junio y 21/octubre/2022
  • Domiciliados en 4 plazos: 04/mayo, 21/junio, 04/octubre y 21/noviembre/2022

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