Imagen
Entidades

Presentación

Presentación

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia en sesión de 27 de mayo de 2004 aprobó el “Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Murcia”, que en su artículo 25, de conformidad con el artículo 135 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece la existencia de un órgano de gestión tributaria, denominado AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA, responsable de ejercer como propias las competencias que a la Administración Tributaria Local le atribuye la legislación tributaria.

Para la consecución de una gestión integral del sistema tributario municipal, regido por los principios de eficiencia, suficiencia, agilidad y unidad en la gestión, corresponde a este órgano, al menos, las siguientes competencias:

  • La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales.
  • La recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del ayuntamiento.
  • La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.
  • El análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario municipal.
  • La propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del ayuntamiento
  • El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a ingresos tributarios.

Organigrama

Organigrama

Planes de actuación para ejercicio 2020

Servicio Agencia Municipal Tributaria

1. Asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias

  • Puntos de regularización tributaria asistida para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
  • Medidas de apoyo en el pago de tributos a familias y empresas.
  • Ampliación de beneficios fiscales para colectivos que requieren especial protección.
  • Plan de Comunicación y difusión de los programas de ayuda y asistencia al contribuyente.

2. Simplificación administrativa en la gestión de impuestos, tasas y precios públicos. Eliminación de trámites y reducción de costes para el ciudadano y el Ayuntamiento.

  • Regulación en las ordenanzas fiscales de medidas de simplificación administrativa.
  • Integración con plataforma de interoperabilidad de otras administraciones.
  • Firma de nuevos convenios para la implantación de nuevos servicios de asistencia en puntos de interés para el contribuyente (Notarios, Gestores administrativos, Registradores, Asesores fiscales, Oficinas municipales, etc)
  • Asistencia y asesoramiento a los servicios municipales dependientes de otras concejalías para la implantación de nuevos servicios de simplificación administrativa en el pago de los tributos municipales.
  • Desarrollo de nuevas fórmulas de colaboración con otras administraciones para el intercambio de información e implantación de procedimientos de gestión compartida en materia tributaria.

3. Transparencia y Acceso a la información.

  • Proyecto de seguridad en los sistemas de información de la Agencia Municipal Tributaria
  • Mejora de la accesibilidad en los sistemas de información tributaria.
  • Desarrollo de nuevos servicios de gestión tributaria mediante grabación de voz
  • Desarrollo de nuevos procedimientos de administración electrónica en el portal web de la AMT.
  • Implantación de nuevos medios telemáticos de pago y por dispositivos móviles
  • Integración de la página web de la Agencia Municipal Tributaria con otros portales web

4. Lucha contra el fraude fiscal

  • Implantación de fórmulas de gestión tributaria simplificadas que faciliten al ciudadano el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales.
  • Preparación, elaboración e impulso del Plan de Control Tributario
  • Programas de supervisión y control de los procedimientos de gestión de ingresos de los distintos servicios municipales.

Servicio de recaudación

1. Asistencia al obligado tributario en el cumplimiento de la tramitación recaudatoria

  • Asesoramiento y apoyo al obligado tributario mediante una atención, tanto presencial como telefónica, en materia de fraccionamientos, aplazamientos y devoluciones de ingresos indebidos.
  • Expedición de certificados e informes solicitados por interesados y/o servicios de otras concejalías sobre situación tributaria.
  • Información y asesoramiento acerca de los planes personalizados de pago (PPP).

2. Cooperación, coordinación e integración con otras concejalías, administraciones públicas y/o entidades colaboradoras.

  • Integración con plataforma de interoperabilidad de otras administraciones (SIT, Gexflow, portal de subastas de la Administración General del Estado, BOE, sede electrónica, ORVE, portal ATRM, portal de la TGSS).
  • Asistencia y asesoramiento a los servicios municipales dependientes de otras concejalías para la implantación de servicios de simplificación administrativa e integración en SIT de los trámites relativos al cobro en voluntaria de deudas tributarias e ingresos de derecho público.
  • Desarrollo de nuevas fórmulas de colaboración con otras administraciones para el intercambio de información e implantación de procedimientos de gestión compartida en materia recaudatoria: ATRM y AEAT,

3. Control de la recaudación. Verificación del cumplimiento de la normativa vigente en materia de recaudación.

  • Tramitación de procedimientos de apremio: verificación cumplimiento normativa providencia de apremio; supervisión, revisión y rectificación de recursos de reposición y reclamaciones CEAM en este procedimiento.
  • Verificación, comprobación normativa y firma de todas las diligencias de recaudación ejecutiva emitidas; diligencias de embargo de cuentas corrientes, de sueldos y salarios, créditos y derechos, bienes muebles e inmuebles; mandamientos de anotación preventiva de embargo a los registros de la propiedad; alzamientos y cancelaciones de embargo. Revisión y firma de los recursos de reposición y reclamaciones CEAM contra estas diligencias.
  • Ejecución de bienes embargados. Seguimiento, supervisión y rectificación en los procedimientos relativos a dicha ejecución. Especial referencia al procedimiento de subastas de bienes inmuebles y preparación del trámite de adjudicación directa.
  • Tramitación de expedientes relativos a fraccionamientos, aplazamientos, devoluciones de ingresos indebidos, suspensiones, compensaciones y certificados de deuda. Notificaciones de las resoluciones de los referidos expedientes.
  • Procedimientos concursales: preparación de documentación, solicitud de informes con otros servicios intervinientes y comunicación con los juzgados.
  • Seguimiento y control del control de servicios complementarios de apoyo en la aplicación de los tributos.
  • Verificación, comprobación normativa aplicable y firma de expedientes de declaración de fallidos y créditos incobrables.
  • Ejecución de avales que garantizan deudas en ejecutiva.
  • Comprobación y tramitación de expedientes de rendición de cuentas de recaudación de la ATRM y EMUASA.
  • Verificación y firma de publicaciones en el BORM a deudores ausentes/desc0nocidos para notificaciones por comparecencia.